Desde la introducción de la filosofía moderna en América al proceso de emancipación política y mental, aparecen en la región grandes pensadores electivos: Juan Benito Díaz de Gamarra y Francisco Javier Clavijero.
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Juan Benito Díaz de Gamarra |
Estos autores utilizan la filosofía ecléctica en dos niveles: como metodo de apertura para la enseñanza y divulgación de las nuevas teorías científicas y filosóficas. Y el ideologico este nivel es el de mayor trascendencia en Latinoamérica.
En el mismo siglo se sientan las bases para realizar la formulación de la toma de conciencia del racionalismo nacional.
“Esta escuela tiene su fundamento teórico basado en el mismo que el de la Escuela Clásica, que es el contrato social. Esta escuela no es una escuela en sí, sino la reunión de varias escuelas reunida en esta corriente. La diferencia entre la escuela Clásica y Positiva está en que estas tenían una serie de normas que si no estabas de acuerdo con una, rompías todas las demás. Era un esquema casi perfecto y el objetivo de la escuela Ecléctica era la de romper con esas reglas o esquemas monolíticos y crear algo diferente.” (Lacayo, s.f., pag. 23)
La integración entre derecho penal y criminología requiere entre todo una gran madurez en ambas disciplinas, se recalca sobre la madurez de estas ciencias, porque el derecho penal en aquella época estaba falto de madurez y la criminología empezaba sus primeros pasos.
El ecletismo pertenece a la etapa de la creación del Derecho penal liberal, conformado por los siguientes principios: el legalismo, la conceptualización rígida de los delitos, el humanitarismo y el individualismo.
En materia penal esta tendencia conduce, al abandono del pensamiento de los penalistas anteriores del siglo XVIII y principios del XIX, como Beccaria, Bentham y Feuerbach quienes justificaban la pena por la necesidad, orientándola a la prevención general. Todas estas teorías habían cumplido su misión al poner fin a los excesos del Antiguo Régimen.
Entre sus postulados se destacan los siguientes:
— El derecho Penal debería mantenerse como ciencia independiente, apartándose de la idea de Lombroso que pretendía incluirlo dentro de la Criminología.
— La variedad de las causas del delito dejaba de ser exclusivo de la constitución criminal del individuo que propiciaba la Escuela.
— Trabajo conjunto de penalistas y sociólogos para lograr las reformas sociales necesarias a fin de mejorar las condiciones.
— Justificación de la pena como "coacción psicológica" sobre los individuos, según sean imputables o inimputables (capaces o no).
Referencias bibliográficas:
Lacayo E. (s.f.). Fundamentos de Criminología
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